jueves, 14 de junio de 2012

• Comunicado Cofeco 12 2012






1

IMPONE CFC A CONCENTRACIÓN TELEVISA-IUSACELL CONDICIONES

QUE ELIMINAN LOS RIESGOS DETECTADOS EN LA OPERACIÓN

CFC 12-2012

Si no se realiza exitosamente la licitación de una tercera cadena de televisión en

24 meses, se detonará automáticamente un mecanismo de disolución de la

sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas en Iusacell

Para evitar el riesgo de colusión, se impusieron condiciones de no discriminación

en venta de publicidad, administración de Iusacell desligada de los negocios de

TV abierta y restringida de Grupo Televisa y Grupo Salinas, así como venta por

separado de contenidos de TV abierta y restringida, entre otros

El incumplimiento de las condiciones, además de detonar el mecanismo de

disolución de la sociedad, acarrearía una multa de hasta 10 por ciento de los

ingresos anuales de las empresas

Con estas condiciones, que evitan de manera efectiva los riesgos para la

competencia en televisión abierta y restringida, resulta posible aprobar una

operación que generará una mayor competencia en telefonía móvil, en beneficio

de los consumidores de este servicio

Jueves 14 de junio de 2012.-
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia (CFC)

resolvió el Recurso de Reconsideración
1 planteado por Grupo Televisa y Iusacell

(propiedad de Grupo Salinas), en el que las empresas solicitaron revisar la decisión

original de la CFC
2 de negar la concentración entre ambas empresas, tomada el pasado

24 de enero.

-Sigue-

1
Expediente RA-043-2012.

2
Expediente CNT-031-2011.

2

En aquella ocasión, la CFC había analizado el impacto de la operación en tres

mercados: telefonía móvil, donde una inyección de capital en Iusacell como la

planteada podría redundar en una competencia más vigorosa; y televisión abierta y

televisión restringida, mercados en que se presentaban graves riesgos para la

competencia, derivados de los incentivos a la coordinación entre ambos Grupos a raíz

de su asociación en Iusacell. En consecuencia, el Pleno había resuelto por mayoría no

aprobar la concentración. Al mismo tiempo, la CFC indicó que las empresas tenían la

opción de presentar propuestas de condiciones que resolvieran los problemas de

competencia detectados, con el fin de obtener la autorización en el recurso de

reconsideración.
3

Grupo Televisa y Grupo Salinas presentaron propuestas de condiciones orientadas a

resolver los problemas de competencia señalados por la CFC en la resolución del 24 de

enero.
El Pleno resolvió aprobar la concentración sujeta al cumplimiento de estos

condicionamientos, que evitan de manera efectiva el riesgo de colusión y

promueven una mayor competencia en los mercados de televisión abierta y

restringida
.

Televisión abierta

1. Licitación de tercera cadena: Si al término de 24 meses no se ha realizado

exitosamente la licitación de una tercera cadena de televisión abierta, se detonará

automáticamente un mecanismo de disolución de la sociedad entre Grupo Televisa

y Grupo Salinas en Iusacell, que conducirá a que uno de ellos venda su

participación al otro, eliminando por completo el vínculo corporativo entre ambos

grupos.

Esta condición contrarresta eficazmente el incentivo de ambos grupos a entorpecer

abiertamente la licitación por medio de litigios. Adicionalmente, si la CFC acredita

que cualquiera de los dos grupos intenta lo anterior de manera encubierta, el grupo

correspondiente estará obligado a enajenar a un tercero un canal nacional de

televisión abierta.

-Sigue-

3
Comunicado de prensa de la resolución del 24 de enero:

http://www.cfc.gob.mx/images/stories/Noticias/Comunicados2012/cfc%2003-2012.pdf

3

Ya se registran avances concretos en la licitación: la Comisión Federal de

Telecomunicaciones aprobó, el mismo día de la decisión de la CFC, el Programa de

Concesionamiento de Frecuencias de Televisión, con lo que da inicio formalmente al

proceso de licitación. Con base en este programa,
el Gobierno Federal se ha

comprometido formalmente a publicar la convocatoria y tener disponibles las

bases de licitación a más tardar el treinta de noviembre de este año (ver

anexo)
.

2. No discriminación en venta de publicidad: Televisa y TV Azteca (esta última también

propiedad de Grupo Salinas) están obligados a vender espacios publicitarios a

cualquier empresa de telecomunicaciones, en condiciones de mercado, es decir, al

precio promedio para cada canal y franja horaria.

3. Prohibición de ventas atadas de los servicios de Iusacell: Televisa y TV Azteca

tienen prohibido condicionar la venta de espacios publicitarios a la contratación de

Iusacell por parte de sus clientes.

4. Administración separada: El consejo de administración de Iusacell no puede incluir

empleados de otras empresas de Grupo Televisa y Grupo Salinas que estén

directamente involucrados en el negocio de televisión abierta o restringida. Los

principales directivos de Iusacell deben estar completamente desligados de la

administración de cualquier otra empresa de Grupo Televisa y Grupo Salinas.

Televisión restringida

5. Venta separada de contenidos de televisión abierta y restringida: Los contenidos de

televisión abierta son un insumo esencial para las empresas de televisión

restringida. Por ello, Televisa ha estado obligada a vender sus contenidos de

manera no discriminatoria desde 2006. A partir de ahora, adicionalmente está

obligada a separar las señales abiertas de las señales restringidas, las cuales se

vendían en paquete hasta ahora.

TV Azteca igualmente adquiere la obligación de vender sus contendidos de

televisión abierta de manera no discriminatoria y sin empaquetarlos con otros

contenidos.

-Sigue
4

6. Prohibición de empaquetamiento Televisa-TV Azteca: Las empresas están

obligadas a comercializar por separado sus contenidos de televisión abierta a los

concesionarios de televisión restringida.

7. Total Play sin participación de Grupo Televisa: La empresa Total Play, dedicada a

ofrecer servicios de
triple play (telefonía, televisión restringida e internet) en el Valle

de México deja de ser parte de la sociedad entre Grupo Televisa y Grupo Salinas

para integrarse exclusivamente a Grupo Salinas. Con ello, se evita que Grupo

Televisa, propietario de Cablevisión, tenga participación accionaria en un

competidor.

Para verificar el cumplimiento de las anteriores condiciones, Grupo Televisa y Grupo

Salinas están obligados a entregar a la CFC toda la información necesaria, así como a

someterse a auditorías independientes.

El incumplimiento de las condiciones detonaría el mecanismo de disolución de la

sociedad, dejando a uno de los accionistas como dueño único de Iusacell. Además,

acarrearía una multa máxima de hasta 10 por ciento de los ingresos anuales de las

empresas involucradas, conforme a las fracciones VIII y XI del artículo 35 de la Ley de

Competencia.

En conjunto, las condiciones que están obligadas a cumplir las empresas resuelven de

manera efectiva los problemas de competencia derivados de la operación en los

mercados de televisión abierta y televisión restringida.

En consecuencia, con estas condiciones ya no hay obstáculo para una operación que,

en el mercado de telefonía móvil, puede generar una competencia más vigorosa. Este

mercado se caracteriza por una alta concentración –con una participación superior al

70% del agente económico de mayor tamaño– y por altas barreras a la entrada. El

fortalecimiento financiero de un competidor de menor tamaño, como lo es Iusacell,

puede generar una mayor presión competitiva que obligue a todos los operadores a

ofrecer mejores precios, mayor variedad de opciones y mejor calidad del servicio, en

beneficio de los consumidores.

La decisión del Pleno se tomó por cuatro votos a favor (de los Comisionados Eduardo

Pérez Motta, Rodrigo Morales Elcoro, Luis Alberto Ibarra Pardo y Cristina Massa

Sánchez) y un voto en contra (del Comisionado Miguel Flores Bernés).

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5

Anexo

6

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